La Cámara de Diputados, aprobó endurecer las penas y las multas para quienes roben hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, de ductos, vehículos, equipos, instalaciones o activos, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley.
Lo anterior, al reformar los artículos 8; 9 incisos a), b), e), d) y tercer párrafo; 11 y 12, fracciones 1, 11 y 111; artículos 13 y 14; artículo 15, párrafos primero y segundo; artículos 16, 17, 18 y 19, de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos.
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